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¡CUIDADO! Realizar quemas no autorizadas tiene consecuencias legales y ambientales

Conoce cómo la ABT actúa en la prevención, socialización y sanción de quemas ilegales e incendios forestales.

 

 

La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) trabaja de manera permanente en la prevención, socialización y sanción de quemas no autorizadas e incendios provocados en áreas rurales. Este trabajo se realiza dentro del marco de leyes nacionales, reglamentos, resoluciones administrativas y decretos supremos que respaldan legalmente nuestras acciones, tanto en el ámbito administrativo como en el penal.

 

 ¿Qué es una quema, un foco de calor y un incendio forestal?

Antes de tomar decisiones que puedan tener consecuencias legales y ambientales, es fundamental comprender las diferencias entre los términos:

 

Foco de Calor: Un foco de calor es una anomalia térmica identificada por sensores satelitales que indica una fuente de calor en la superficie terrestre con una temperatura mayor que su entorno. Estos focos pueden ser causados por incendios forestales, pero también por otras fuentes como rocas calientes, techos metálicos o incluso actividades industriales. No todos los focos de calor son incendios, pero su detección temprana es crucial para la gestión de incendios forestales.

 

Foco de Quema: Indica la presencia de fuego activo, pero no permite identificar si se trata de una quema autorizada o un incendio.

 

Quema Ilegal: Es una quema realizada dentro de un predio privado sin haber tramitado la autorización correspondiente ante la ABT. Este tipo de quemas son muy peligrosas porque pueden salirse de control y convertirse en incendios.

 

Incendio Forestal: Es un fuego descontrolado que se propaga rápidamente, afectando áreas boscosas u otro tipo de áreas, así como propiedades vecinas. Puede tener causas naturales o provocadas, y genera graves daños sociales, ambientales y económicos. Constituye un delito sancionable por la vía penal.

 

La ABT y su base legal para sancionar y prevenir

La ABT, se encuentra facultada, al igual que otras entidades, para sancionar administrativamente las quemas no autorizadas, trabaja además en la articulación con la justicia penal, que se encarga de imponer penas privativas de libertad cuando las acciones constituyen delitos ambientales.

 

ESTAS SON LAS NORMAS QUE RESPALDAN NUESTRAS ACCIONES:

1. CÓDIGO PENAL BOLIVIANO

 

Artículo 206 – Incendio:

Sanciona con 2 a 6 años de cárcel a quien provoque incendios que generen peligro común para personas o bienes.

 

Modificación por la Ley N° 1768 y Ley N° 5203:

Si el incendio afecta áreas protegidas, reservas forestales o tierras de protección, y causa daño a flora o fauna silvestre, la sanción es de 3 a 8 años de prisión.

 

Artículo 223 – Destrucción o deterioro de bienes del Estado y la riqueza nacional:

Sanciona con 1 a 6 años de cárcel a quien dañe fuentes de riqueza o patrimonio natural del Estado.

 

 2. DECRETO SUPREMO N° 5203 – RÉGIMEN SANCIONADOR ADMINISTRATIVO

Este decreto endurece las sanciones económicas en procesos administrativos por quemas no autorizadas.

Establece multas de entre UFV 190 a UFV 976 por hectárea, dependiendo de la gravedad del daño, y permite incrementos sucesivos del 100% en caso de reincidencia o resistencia.

(Antes se cobraban entre 0.05 y 0.20 centavos de dólar; ahora las multas alcanzan montos significativos).

 

3. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA ABT N° 139-2024 DE 04 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Aprueba el reglamento específico del Decreto Supremo N° 5203, estableciendo cuatro (4) Grados de contravención por quemas ilegal.

  • grado sancionable con 976 UFV cuando la quema ilegal recaiga en áreas protegidas, reservas forestales, reservas privadas de patrimonio natural, servidumbres ecológicas.
  • grado sancionable con 488 UFV cuando la quema ilegal afecte sitios Ramsar o cuando afecten tierras de producción forestal permanente.
  • grado sancionable con 244 UFV, cuando la quema ilegal afecten a tierras de uso múltiple y/o áreas aptas para diversos usos.
  • Grado, cuando se trate de quemas autorizadas, pero cuya ejecución se realizó en épocas de prohibición o paralización, o cuando la quema hubiese excedido el área permitida y/o incumplan las prescripciones de protección y seguridad.

 

 

4. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 059/2021 – MANUAL DE DESMONTE Y QUEMA

Aprueba los criterios técnicos y jurídicos para la autorización de planes de desmonte y quema controlada. Toda solicitud debe presentarse en las Direcciones Departamentales y Unidades Operativas de la ABT.

 

5. LEY N° 1525 – PROTECCIÓN DEL CÓNDOR ANDINO

Declara al Cóndor Andino símbolo natural del país. Toda quema o incendio que afecte su hábitat puede ser considerada un delito contra el patrimonio natural y cultural de Bolivia.

 

6. RESOLUCIÓN SP-TAA 01/2025-SCS SALA PLENA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL

Mantiene Pausa Ecológica en Tierras Fiscales No Disponibles, Áreas Protegidas Nacionales, Departamentales, Municipales e Indígenas Originarios Campesinos, Áreas Nacionales de Manejo Integrado y Sitios RAMSAR, así como en áreas que pongan en riesgo el hábitat del jaguar.

 

¿Qué debes hacer si necesitas realizar una quema?

Antes de realizar cualquier quema de pastizales, residuos o limpieza de terrenos:

  • Acércate a la Dirección Departamental o Unidad Operativa de la ABT.
  • Presenta tu solicitud de quema controlada conforme al Manual aprobado.
  • Sigue los protocolos de seguridad.
  • Espera la autorización y supervisión técnica correspondiente.

Recordá:

Provocar un incendio no es solo un daño ambiental. ¡Es un delito!

Y la ABT trabaja bajo mandato de nuestro Presidente Luis Arce Catacora, para garantizar el uso sostenible de nuestros bosques, proteger la biodiversidad y preservar la riqueza forestal de Bolivia.

 

 Conclusión

La ABT no solo fiscaliza y sanciona, también educa, socializa y previene. Porque cuidar nuestros bosques es una tarea de todos.

No provoques quemas sin autorización. No pongas en riesgo tu libertad ni nuestro futuro.

Para más información, visita nuestras oficinas o redes sociales oficiales.

Para mas información: D.S. N° 5203Código penal bolivianoDGAJ N°427-2024Reglamento especificoLey CondorManual de desmonte y quema

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